¿Qué es la Carta Porte?
Se entiende por Carta Porte aquel documento fiscal digitalizado que tiene por finalidad servir de soporte a la actividad económica dedicada al transporte en México. La emisión de este complemento es de suma importancia, ya que podrá ser requerido por la autoridad en transacciones hechas en territorio mexicano.
Podría definirse de una manera sencilla como el instrumento que sirve de prueba para quien envía la mercancía y para quien la recibe finalmente. Así pues la Carta Porte se convierte en plena prueba de la existencia de un contrato previo de entrega, envío y recepción de bienes tangibles
Ventajas del complemento
- Generar confianza a todas las empresas transportistas legalmente constituidas en México.
- Con la Carta Porte se identifica de una manera plena la procedencia y el destino de los objetos que se indican en el respectivo contrato.
- Especificación detallada y sucinta de la tenencia y resguardo de todos y cada uno de los haberes que transitan por jurisdicción mexicana.
- Completa identificación de la retención del impuesto al valor agregado que corresponda por la referida actividad de tipo económica. Este monto se verá reflejado en el CFDI de ingreso.
- Mantener informada a la autoridad fiscal del origen, dueños y todos y cada uno de los diferentes operarios de transporte de los enseres.
- Se espera alcanzar el fortalecimiento del comercio formal, de esta manera se da una pelea contra el contrabando y el llamado comercio informal.
- La Carta Porte deberá ser firmada por las empresas vinculadas. Esta rúbrica podrá efectuarse de manera digitalizada o por intermedio de un sello. Del complemento se emitirán tres (3) ejemplares a un mismo tenor y efecto.
Vigencia y aplicación del complemento
Este novedoso requerimiento entró en vigencia en México a partir del 01 de junio de 2021 según la Disposición Transitoria Decimoprimera de la RMF. En dicho instrumento legal se establece que el complemento deberá acompañar a los CFDI que se emitan para efectos relacionados al transporte de mercancías.
Ahora bien, dentro de los cuatro meses siguientes al 01 de junio se podrá de manera potestativa solicitar el comprobante sin la respectiva Carta Porte. A partir de allí este documento será requerido de manera obligatoria. Con esta disposición se refleja que desde el 01 de ENERO del 2022 quedó establecido como una normativa.
- En el transporte de enseres, bienes y servicios.
- En caso de traslado de hidrocarburos y algunos derivados del tipo petrolíferos.
- En el tránsito que se realice por vías terrestres (como carreteras federales), férreas, marítimas y aéreas dentro del territorio mexicano.
- Para ubicaciones de origen y de destino.
La Carta Porte y sus desventajas para las PYMES
Dentro de las características propias de las pequeñas y medianas empresas está la poca formalidad de sus procedimientos. Aunado a ello se suma la reducida contratación de personal para desarrollar y cumplir actividades que no sean las comunes. Por tal razón, la emisión de otro requisito adicional será
Pueden indicarse una serie de desventajas que trae consigo la Carta Porte para ser acatada directamente por las PYMES. Una de las principales limitaciones de estas empresas es su poco avance en materia tecnológica y la actualización constante de sus programas. A continuación se citan otras de gran importancia:
1. Pérdida de la flexibilización operativa
En la mayoría de los casos, por tratarse de pequeñas unidades de producción, las PYMES deben improvisar métodos para cumplir con las exigencias de los clientes. Puede suceder que existan variaciones en las cargas, en el sentido de que el peso inicial establecido en la Carta Porte no se compagine con el peso final.
Ello puede suceder por la naturaleza propia de la mercancía o producto transportado. También debe preverse el cambio de ruta por algún accidente o trasbordo de la mercancía. De igual manera, se pierde la flexibilización por la enfermedad del chofer inicial que debe ser reemplazado en el viaje.
2. Falta de los requerimientos técnicos
3. La exclusión de valores reales
¿Qué deben hacer las PYMES ante la llegada de la Carta Porte?
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